En la actualidad, las sociedades comerciales jurídicas están reguladas por una legislación especial, que modifica el obsoleto Código de Comercio y las disposiciones de nuestra codificación civil, cuyas disposiciones legales no contemplaban “empresas” comerciales de responsabilidad limitada de una persona, ni un procedimiento relativamente simple de transformación a otras modalidades comerciales, lo que implicaba forzosamente la liquidación de la “sociedad” constituida bajo un régimen determinado.
La legislación en cuestión sustenta que hay una sociedad comercial cuando dos -2- o más personas físicas o jurídicas se obligan a aportar bienes con un fin pecuniario, e incluye una interesante figura de responsabilidad limitada para las personas físicas que deseen beneficiarse de esta modalidad denominada Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
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