Derecho Laboral y Regímenes Esclavistas
Si bien se identifica en la comunidad gentilicia el surgimiento de “prisioneros de guerras” como “el trabajador”, la esclavitud, que no se expresa en la comunidad gentilicia ni en sus orígenes como un hecho cruel e inhumano, asumirá una expresión concreta con el surgimiento del Estado Esclavista, que legitima y reproduce la explotación inhumana donde “el trabajador esclavo” se le asimila a objeto o cosa carente de alma y sentimientos y, por tanto, sometido a la más descarnada e inhumana explotación, aunque ello no significa que las diferentes culturas concibieran la esclavitud de una fisonomía homogénea, lo que explica las variables y diferencias de los Estados esclavistas de la historia.
En la época del comunismo primitivo, primaba la colaboración en el trabajo y la repartición de los beneficios a la comunidad gentilicia; en la esclavista, la explotación inhumana y cruel del prójimo ya deshumanizado; los vínculos sociales se sustentaban en un sentimiento de familiaridad y solidaridad, así como la disciplina y la organización del trabajo se fundaban en la fuerza de la costumbre y la tradición, por la autoridad y el respeto de que gozaban los ancianos del clan o las mujeres, siendo ausente una categoría especial de personas diferenciadas del resto de la comunidad que se dedicara exclusivamente a gobernar; sin embargo, en el Estado se refleja la disolución de esta organización como fundamento de la cohesión social y económica y la de personas convertidas en los rostros de los sectores más privilegiado, vinculados por el interés político de gobernar.
El Estado Esclavista no asumió su concepción simétrica, por el contrario, se identificaban sociedades esclavistas en un régimen republicano (Grecia, Roma), o en regímenes monárquicos o democráticos (Egipto, China, Israel), y reglas asimétricas sobre los esclavos y hombres libres de orígenes humildes. Al respecto, Lenin afirmaba que en estos sistemas las formas de gobiernos variaban extraordinariamente, pero su esencia era siempre la misma: los esclavos no gozaban de ningún derecho y constituían una clase oprimida; no se les consideraba seres humanos. En sí, era el corolario de que “un prisionero vivo era más rentable que uno muerto”, corazón de la concepción esclavista.
De ahí, que en este modo de producción, como en otros, podremos apreciar diferencias de Estados y Gobiernos, relaciones sociales de producción más flexibles respecto al trato de los esclavos y los hombres libres que ofertaban sus fuerzas de trabajo, incluso dentro de los sistemas esclavistas, reglas para obtener la manumisión o libertad, esclavos con derechos a trabajar para su amo preservando una parte de los ingresos para adquirir su libertad y realizar otras actividades propias de los hombres libres, realizar actos de comercios, etc; Estados donde estaba prohibido el maltrato y la crueldad contra los esclavos, extendiéndolo al derecho a la vida, por lo que tampoco existe una simetría al respecto.
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