Vistas: 0

– Ministerio Público Republica Dominicana

 ¿Quién es el Ministerio Público? Si la imagen de la Justicia tiene una espada, tal vez sea este organismo del Estado el que mejor represente esa facultad, pues constituye el brazo armado de la Justicia; más no solo ello, sino que son los encargados exclusivos de poner en movimiento la acción pública para que se castiguen los hechos que violan las normas penales.

 Excepcionalmente , hay dos –2- categorías de acciones que se ejercen por el interés privado, la denominada acción pública a instancia privada y la acción privada penal, mas las acciones publicas contra  los crímenes contra la cosa pública constituye una de las facultades del  Ministerio Publico, la investigación y dirección de la policía judicial le compete a esta jurisdicción. Si hay tráfico ilegal de mercancías por Aduana, es la institución competente; si hay que confiscar propiedades derivadas del lavado de activo y cualesquier otro crimen, sigue siendo la encargada de perseguir y requerir el juicio de instrucción contra los presuntos autores.

El Ministerio Público constituye un Ministerio de Justicia cuyos integrantes son designados por el Presidente de la República, y, por tanto, en la óptica vigente no califica como un ente judicial.  En la modificación constitucional del  1994 hubo un debate profundo sobre cuál era el Poder Publico competente para nombrar estos funcionarios, que eran asumidos de conformidad con la praxis jurídica nacional como entes judiciales, pese a ser nombrados por el Presidente de la República, y los integrantes del Poder Judicial por el Senado de la República, y la solución fue absolutamente política quedando entendido que el nombramiento del Ministerio Publico no sería realizado por el Consejo Nacional de la Magistratura, órgano que fuera facultado por la Constitución de aquel periodo para el nombramiento de los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, y a su vez , estos nombrarían a los demás funcionarios y empleados judiciales en los que no se incluían los funcionarios y empleados del Ministerio Publico, que proseguirían siendo una facultad del Presidente de la República Dominicana.

 Autor: Abogado Luis Collado

Experto en Cobros, Embargos, Inversiones Bienes Raices y Propiedades, Contratos Internacionales, Constitución de Sociedades, Litigios Socios, Experto Visados, Migración, Préstamos 24/7, Consolidacion de Deudas, Cancelaciones de Hipotecas y Renegociaciones de Deudas, Inversiones RD/USA, Divorcios, Negociaciones Internacionales

Vistas: 0