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Poder Legislativo  Republica Dominicana

El articulo  76 de la Nueva Constitución Dominicana establece que “el Poder Legislativo se ejerce en nombre del Pueblo por el Congreso Nacional, conformado por el Senado de la República y la Cámara de Diputados”.

La escogencia de sus Miembros se “hará por sufragio universal directo en los términos que establezca la  ley”.  En el ejercicio de sus funciones no están subordinados a ningún mandato imperativo (Art. 77, numeral 4); disfrutaran de inmunidad parlamentaria, y no podrán ser privados de su libertad durante la legislatura, sin la autorización previa de la cámara a la que pertenezca, salvo que sean aprehendidos en el momento de la comisión de un crimen.

El Capítulo VI, Art. 117 de la Constitución Nueva,  expresa, “El Senado y la Cámara de Diputados celebrarán sus sesiones de forma separada, excepto cuando se reúnan en Asamblea Nacional.” Esta reunión se hará en los casos indicados en la Carta Política, con el Quórum reglamentario, salvo las excepciones especiales, ejemplo, Reforma a la Constitución.

             Sus atribuciones son las que se enumeran:

1) Conocer y decidir sobre las reformas constitucionales, actuando en este caso, como Asamblea Nacional Revisora;

2) Examinar las actas de elección de la Presidenta o Presidente y de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República;

3) Proclamar a la o al Presidente y Vicepresidente de la República, recibirles su juramento y aceptar o rechazar sus renuncias;

4) Ejercer las facultades que le confiere la presente Constitución y el reglamento Orgánico.”

5) Recibir el mensaje y la rendición de cuentas de la o el Presidente de la República y las memorias de los ministerios;

6) Celebrar actos conmemorativos o de naturaleza protocolar.”

El Poder Legislativo se ha limitado en la praxis nacional a refrendar casi todas las medidas ordenadas por el Poder Ejecutivo, y lo ha hecho sin revisar los contenidos de estas, alegando ignorancia de los hechos cuando la opinión pública ha puesto en evidencia la existencia de actos de corrupción y/o irregularidades serias; invocando que los legisladores fueron sorprendidos en su buena fe, pues desconocían el alcance de lo refrendado.

No obstante, las críticas supra indicadas, los diferendos políticos no se han resuelto al través del conflicto armado, lo que se puede añadir como otra de las ventajas que se oferta al mercado mundial.

 Autoría : Abogado Luis Collado

Experto en Cobros, Embargos, Inversiones Bienes Raices y Propiedades, Contratos Internacionales, Constitución de Sociedades, Litigios Socios, Experto Visados, Migración, Préstamos 24/7, Consolidacion de Deudas, Cancelaciones de Hipotecas y Renegociaciones de Deudas, Inversiones RD/USA, Divorcios, Negociaciones Internacionales

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