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Modalidades de Contratos Laborales

Abogado Luis Collado en el Programa de Nelson Encarnación, Global Visión, Republica Dominicana

El Titulo III del CT dispone que el contrato de trabajo  “puede ser por tiempo indefinido, por cierto tiempo, o para una obra o servicio determinados” , distinguiendo cuatro -4- modalidades  contractuales. El Dr. Rafael Alburquerque, a pesar de incluir el trabajo estacional en los contratos de duración  determinada, agrega el estacional como una de las variantes principales previstas en el CT (Capitulo III, Obra Derecho del Trabajo, Tomo II, El Empleo y El Trabajo, Edición Segunda,  2006, Librería Jurídica Virtual).

Igualmente,  se distinguen en los contratos por cierto tiempo aquellos denominados temporales,  los estacionales,  los que tienen por objeto intensificar temporalmente la producción o responde a circunstancias accidentales de la empresa.

La relevancia de esta clasificación radica en que permite establecer cuando un trabajo termina con o sin responsabilidad, determinar si el trabajador puede adquirir determinados derechos laborales, si su modalidad obliga a la escrituración y deposito de este ante las autoridades publicas competentes, si deben ser computados para los fines de establecer la cuota de trabajadores extranjeros (80/20),  la participación en los beneficios netos de la empresa,  aplicar el sistema de calculo de las prestaciones laborales mas idóneas en cada caso en particular, las obligaciones relativas a los derechos de seguridad social , etc.

Autor: Abogado Luis Collado

Experto en Cobros, Embargos, Inversiones Bienes Raices y Propiedades, Contratos Internacionales, Constitución de Sociedades, Litigios Socios, Experto Visados, Migración, Préstamos 24/7, Consolidacion de Deudas, Cancelaciones de Hipotecas y Renegociaciones de Deudas, Inversiones RD/USA, Divorcios, Negociaciones Internacionales

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